| Permisos y Licencias: órganos competentes para su concesión |
| Jueves 10 de Septiembre de 2009 17:04 | |||
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Los permisos de corta duración serán competencia de los Directores. Ver Resolución
ANPE valora positivamente esta modificación, que ayudará a agilizar trámites administrativos, pues nadie mejor que los Directores de los centros conoce la disponibilidad real de los efectivos en los centros educativos y la mejor manera de preveer la sustitución en los casos de ausencia corta por permiso del profesorado: a) Permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar. b) Permiso por traslado de domicilio. c) Permiso para concurrir a exámenes. d) Permiso por deberes inexcusables de carácter público y personal. e) Permiso para acudir a exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. No obstante, aspiramos a que la consejería explicite con nitidez el procedimiento de concesión, de manera que no quede sujeto al criterio personal del órgano competente.
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